Salvaguardia Provisional para la importación de pisos de madera, bambú y accesorios

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 367 Resolución N 001- 2014 del 04 de noviembre del 2014, se publicó la Resolución 001-2014, del Ministerio de Comercio Exterior, mediante la cual se adopta una medida de salvaguardia provisional en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC), por un periodo que no excederá de 200 días.

Dicha Resolución consistente en la aplicación de una sobretasa arancelaria, al arancel general vigente, de USD 1.50 por kilogramo importado independiente del origen, a las importaciones de pisos de madera, de bambú y sus accesorios.

Además se excluye la aplicación de la medida de salvaguardia provisional a las importaciones originarias de Brasil, Chile, Colombia, México y Panamá.

Fuente: Ecuador Forestal

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