Según mencionan los productores, una vez que la madera ilegal es enviada al extranjero resulta inevitable impedir su ingreso a la cadena comercial y por ende la obtención ilegal de réditos se posibilita. Así mismo, los importadores no pueden verificar si compran madera talada legal o ilegal.
Ante tal situación, se plantea aplicar un sistema de concesión voluntaria de licencias destinado a los países participantes -socios del Plan de Acción Forestal- con lo cual se garantiza el importe de madera no clandestina.
Las exportaciones de madera de los países participantes de la UE necesitarán un permiso de exportación con el que será acreditada la madera talada, siempre que haya sido conforme con la legislación nacional de su país original.
Los acuerdos de asociación sobre la aplicación de leyes, gobernanza y comercio se regirá inicialmente a limitados productos como madera en rollos y madera aserrada en bruto; ello por la dificultad para determinar el origen de los productos de la materia prima procesada, pero se prevé extenderlo a otros productos en lo posterior.
Como ventajas para los países participantes encontramos:
– Confianza comercial con la madera
– Mayores ingresos fiscales y aduaneros
– Instrumentos para combatir actividades ilegales
– Prioridad en asistencia para medidas de apoyo para la aplicación de leyes, gobernanza y comercio
Además, la Comisión del Plan de Acción designará a las autoridades competentes quienes serán los encargados de emitir y verificar las licencias, así como de ocuparse de la cooperación administrativa entre la UE y las autoridades de los países socios del Plan de Acción Forestal.
Finalmente, los sistemas de licencia y similares tendrán que ser de fácil utilización por la industria y el comercio, así como de factible control por los gobiernos y otros departamentos relevantes.
REDACCIÓN: Ecuador Forestal/ COMAFORS
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